La Reforma de la Formación
Una semana después de que entrara en vigor la nueva reforma laboral y tras las primeras reacciones (a favor y en contra) por la misma, centramos nuestra atención en una de las palabras que más se repite a lo largo de las 64 páginas del real decreto ley: formación.
Según un estudio de la escuela de negocios EAE, las personas más cualificadas presentan mejores condiciones laborales, sobre todo en lo referente a la tasa de desempleo y durabilidad de los contratos.
En concreto, el informe señala que sólo el 7,6% de la población con máster, MBA o postgrado está desempleada en España, asimismo destaca que el paro de larga duración también es menor entre los españoles con máster o MBA (44,6%).
El nuevo Gobierno parece que es consciente de la importancia de una adecuada capacitación profesional para mejorar el mercado laboral y ha reservado un apartado importante a la formación para el empleo que, a partir de ahora, cuenta con una nueva regulación.
Antes, su gestión estaba en manos de las principales organizaciones empresariales y sindicales, pero ahora las políticas de formación también podrán asumirlas “los centros y entidades de formación debidamente acreditados e inscritos en el Registro Estatal de Centros y Entidades de Formación”.
De esta forma, se busca que la “oferta formativa sea más variada, descentralizada y eficiente”, apostando por una formación permanente que favorezca el desarrollo de las capacidades profesionales del personal trabajador.
Tal y como se indica en el real decreto ley, “el eje básico” es reconocer la formación como un derecho del trabajador. En este sentido, se contempla un permiso retribuido para este fin, siempre que esa formación esté dirigida a la adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo.
Un punto destacado en esta materia, y que ya aparece en la Ley 56/2003 de 16 de diciembre de Empleo, es lo referente a la cuenta de formación que los Servicios Públicos de Empleo otorgarán a cada trabajador y que en la reforma se concreta. Así, este “registro” irá asociado al número de afiliación a la Seguridad Social y en él se inscribirá toda la formación recibida por el trabajador a lo largo de su carrera profesional de acuerdo con el Catálogo de Cualificaciones Profesionales.
Parece que, de todo el contenido del real decreto ley, la parte dedicada a la formación es también la que más gusta, ya que está claro que una mejora de las capacidades y habilidades de la persona logrará hacerla más empleable y la permitirá no sólo una mayor adaptación a su puesto de trabajo, sino que pueda llegar a desarrollar una visión de carrera profesional.